Recuerda que la revisión técnica podría ser rechazada en caso de no cumplir con esta norma.

El próximo 15 de mayo se inicia la nueva ley de grabado de patentes en vidrios y espejos de todos los vehículos motorizados en nuestro país.
Se trata de la ley 21.601 que tiene como objetivo reducir el robo de piezas de vehículos, para lo cual exige la inscripción de la placa patente, grabado que debe cumplir con ciertas características y especificaciones.
Recuerda que en caso de no cumplir con esta norma, los conductores se arriesgan a multas de tránsito. Además, el grabado será un nuevo requisito para contar con el permiso de circulación y la revisión técnica. Conoce a continuación todo lo que debes saber de la ley.
Principales preguntas de la ley de grabado de patentes
¿Cuántos vidrios se deben grabar?
El grabado debe estar presente en al menos, 6 vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los 2 espejos laterales. Ello, en caso que el vehículo tuviese más, donde sólo se exigirá el mínimo (ejemplo, furgones o buses). Ahora, si se trata de aquellos que cuenten con menos vidrios o espejos (por ejemplo, motos), la patente deberá estar grabada en todos sus espejos.
¿Qué características debe tener el grabado?
Que sea permanente. Vale decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.)
Que la letra sea legible, y en formato normal. Es decir, que no use elementos como cursiva o negrita. Y todo, siempre en mayúscula.
Para las letras y dígitos de los vidrios, entre 7 y 10 milímetros de altura.
Por su parte, en los espejos laterales, la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros.
¿Dónde va el grabado?
Vidrios laterales: Costado inferior derecho de cada vidrio en el lado del conductor. Y el costado inferior izquierdo en el lado del acompañante.

Parabrisas: Costado inferior derecho (referencia, zona del conductor)

Luneta: Costado inferior izquierdo.

Espejos laterales: Arriba o abajo del vidrio, siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo.

Y en el caso de vehículos que cuenten con su patente pintada en sus costados (como taxis o camiones), deberán realizar el grabado sólo en espejos laterales y parabrisas.

Cabe señalar que los vehículos que determina el artículo 54 de la Ley de Tránsito (por ejemplo, aquellos de labores policiales o de FF.AA., o bien, vehículos extranjeros en tránsito temporal en el país), quedan exentos de esta solicitud.
¿Qué ocurre con los vehículos nuevos?
Desde septiembre de 2024, según consigna la norma, las concesionarias deben entregar todos los vehículos nuevos con las patentes debidamente grabadas en vidrios y espejos.
¿A qué se arriesgan quienes no cumplan con la ley de grabado de patente?
A partir del 15 de mayo de 2025, tener los vidrios y espejos grabados de forma correcta es necesario para poder sacar la revisión técnica del vehículo. Y quienes sean controlados por fiscalizadores, inspectores o Carabineros y no cuenten con el grabado, arriesgan una multa que va desde 1 a 1,5 UTM.
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