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Dirección del Trabajo insta a los empleadores a respetar feriados del comercio en 25 de diciembre y 1 de enero

El 24 y el 31 de diciembre quienes trabajen en este sector deben estar fuera de los locales a las 20:00 horas, por lo que se recomendó a los/as


La Dirección del Trabajo (DT) hizo un llamado a los empleadores del comercio a respetar plenamente los feriados obligatorios e irrenunciables del 25 de diciembre y de 1 de enero de 2025 que favorecen a trabajadores y trabajadoras del sector.

El organismo recordó que en este tipo de feriados las multas son aplicadas por cada trabajador o trabajadora afectada por la infracción de su empleador. En las empresas de mayor tamaño las multas pueden llegar hasta las 20 UTM ($1.345.880) por trabajador.

En Navidad 2023 y Año Nuevo 2024 se aplicaron 60 multas por un total de $105.654.592.

El llamado fue hecho hoy durante una actividad de difusión de estos derechos realizada en el Mall Espacio M, en el centro de Santiago, y encabezada por el director del Trabajo, Pablo Zenteno.




Acompañado por un equipo de la Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Poniente y por la encargada del Ramal Comercio de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Karen González, la autoridad recorrió el recinto comercial y distribuyó folletos con las normas legales imperantes en ambas fechas y conversó con los dependientes.

Dirigiéndose a los empleadores, los llamó “a tomar todas las medidas para que el comercio efectivamente esté cerrado, salvo aquellos que evidentemente están autorizados por ley. Estamos hablando de una normativa sancionatoria especial que puede llegar hasta las 20 UTM por cada trabajador. En los años anteriores hemos tenido distintos programas de fiscalización, así que el llamado es a que, como siempre, se cumpla esta normativa"

Además, el director del organismo fiscalizador se refirió a los horarios de atención que deben tener los recintos en las jornadas previas. Recordó que, de acuerdo con la Ley 19.973, los trabajadores del comercio tendrán que estar fuera de su lugar de trabajo a las 20:00 horas de mañana 24 de diciembre y hasta las 06:00 horas del jueves 26 de diciembre, y a las 20:00 horas del martes 31 de diciembre y hasta las 06:00 horas del jueves 2 de enero de 2025.

"Estamos hablando de derechos laborales que son irrenunciables, que son importantes. Queremos que en esta Navidad y en este fin de año, todos los trabajadores y trabajadoras puedan estar mayoritariamente con sus familias", expresó Zenteno.


En esta ocasión la DT ha previsto realizar al menos 186 fiscalizaciones a nivel nacional, las que podrían aumentar en la medida que reciba denuncias.


Por regiones, las fiscalizaciones previstas son: Arica y Parinacota (9), Tarapacá (9), Antofagasta (12), Atacama (9), Coquimbo (12), Valparaíso (12), Metropolitana (24), O’Higgins (12), Maule (12), Ñuble (9), Biobío (12), la Araucanía (12), Los Ríos (9), Los Lagos (12), Aysén (9) y Magallanes (12).


Trabajadores exceptuados del descanso

Los trabajadores que se exceptúan de los feriados obligatorios e irrenunciables del 25 de diciembre de 2024 y 1 de enero de 2025 son aquellos que se desempeñan en restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret, clubes; locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos; casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

También deben trabajar los dependientes de las llamadas "tiendas de conveniencia" adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo.

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